Una de las mayores preocupaciones de los viajeros es sobre su equipaje, en específico el tema relacionado al exceso v/s valoración por el peso.
En cuyo caso, son dos cosas diferentes y suele confundir, por una parte, se encuentra el peso permitido por la aerolínea según su política establecida, (límite en kg)
Y otra cosa es lo que se cobra en La Aduana al llegar a Cuba, por ese mismo pesaje, aplicando la tarifa arancelaria del Ministerio de Finanzas y Precios
Muchos viajeros importan un equipaje, por ejemplo, con misceláneas y en el control de Aduana resulta engorroso valorarlas todas por separado, sin que afecte la agilidad del despacho.
Por tanto, se utiliza el Método Alternativo Peso/Valor, que consiste en determinar un valor en Aduanas generalizado para estos artículos.
O sea, se considera que 1 kg de misceláneas equivale a un valor de 10.00 pesos. Este método solo se aplica en este caso.
¿Cuáles son considerados misceláneas?
Son considerados miscelaneas los siguientes artículos:
- Calzado
- Confecciones
- Alimentos
- Artículos de aseo personal y del hogar
- Bisutería
- Lencería
- Perfumería
- Otros similares
Con respecto al resto de los artículos importados se valoran de manera independiente, no por el peso., ya sean Electrodomésticos o Equipos duraderos, así como las partes y piezas de estos.